Orientaciones para la elaboración de los Planes de Convivencia y la actualización de los ya elaborados
En la Resolución de Comienzo de Curso correspondiente al curso 2010-11 para las etapas de Educación Primaria y Secundaria aparece la indicación de que en un plazo de dos años, todos los centros educativos públicos y concertados, con excepción de las “Eskola Txikiak”, deberán tener elaborado su Plan de Convivencia Anual (PCA) y constituido el Observatorio de la Convivencia (OC)
La culminación de este proceso no supone que los centros den por concluido el trabajo en este ámbito, sino que se asocia con la integración de la convivencia en sus dinámicas ordinarias de funcionamiento. En esta línea, la citada resolución indica que los centros que ya hayan elaborado su PCA y tengan construido el OC deberán poner en marcha las acciones derivadas de dicho Plan.
El objetivo de estas orientaciones es:
- Definir la tarea que se encomienda a los Centros.
- Orientar a los Centros sobre cómo realizarla
- Informar de las ayudas con que van a contar para su realización.
Circular de la Dirección de Innovación Educativa, septiembre 2010
Guía para la creación del observatorio de convivencia y la elaboración del plan de convivencia anual