Programa Elkarrekin
Una experiencia de colaboración público-social para promover iniciativas de formación, dinamización y asesoramiento en proyectos de educación en derechos humanos y por la paz, la solidaridad con las víctimas, la convivencia y la resolución pacífica de conflictos
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1. El Programa Elkarrekin
La herramienta para dotar de recursos al Plan de Paz y Convivencia en el ámbito educativo es el Programa de Bonos Elkarrekin. Este programa crea un fondo que permitirá ofrecer a entidades sociales una aportación económica por hora justificada de servicios de formación, dinamización o asesoramiento ofrecidos a los centros educativos y a sus agentes. Este mismo programa tendrá una aplicación similar en el ámbito de la convivencia local en colaboración con las Diputaciones Forales y los Ayuntamientos y en el de la participación ciudadana.
Todas las iniciativas de formación, dinamización o asesoramiento que se apoyen desde este fondo se centrarán en materias específicas como cultura de paz, derechos humanos, solidaridad con las víctimas, convivencia, o resolución pacífica de conflictos y tendrán como nexo de unión la promoción del Acuerdo Gizalegez. Debe recordarse y subrayarse su carácter de refuerzo adicional de lo que ya se viene haciendo. Este programa no sustituye el trabajo precedente, se adapta a la realidad de cada centro con carácter de refuerzo complementario.
El Programa Elkarrekin en el ámbito de la educación formal se constituirá mediante una colaboración entre la Secretaría General para la Paz y la Convivencia y la Dirección de Innovación Educativa del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura. De cara a 2014, se dispondrá de un fondo de 250.000 euros.
2. Objetivos de esta colaboración
- Multiplicar en nuestras escuelas las iniciativas educadoras de prevención de la cultura de la violencia y promoción de una cultura de paz y derechos humanos.
- Reforzar la formación del profesorado en educación por la paz, los derechos humanos, la convivencia, la solidaridad con las víctimas y la resolución pacífica de conflictos.
- Promover iniciativas de educación para la convivencia con el alumnado y la implicación formativa y educadora de las familias y asociaciones de padres y madres.
- Ofrecer asesoramiento a los agentes de la comunidad educativa en el diseño de actuaciones y planes de educación para la convivencia.
3. Temáticas, ámbitos e iniciativas del programa
Como ya se ha señalado, el Programa Elkarrekin no se limita solo al ámbito educativo. En este apartado se explica su proyección en los tres ámbitos de intervención para los que está diseñado. Así, mediante este programa, se propone a los agentes de la red asociativa vasca (asociaciones y fundaciones del ámbito de educación por la paz y los derechos humanos) que definan su contribución al mismo delimitando su parcela de actuación dentro de un territorio que se estructura en tres temáticas, tres ámbitos diferentes y tres tipos de acciones posibles.
3.1. Temáticas
Las temáticas se clasifican en tres campos: bases, herramientas, y compromisos (de un proyecto de encuentro social).
- Bases: cultura de paz, derechos humanos, noviolencia y principios democráticos.
- Herramientas: resolución de conflictos, diálogo, convivencia y reconciliación.
- Compromisos: sensibilidad en la injusticia, empatía y solidaridad con las víctimas.
3.2. Ámbitos
Los agentes de la red asociativa vasca podrán desarrollar cualquiera de las temáticas anteriores, ya sea por separado o combinándolas, en alguno de los tres ámbitos siguientes:
- Educación formal o informal.
- Convivencia local.
- Participación ciudadana.
3.3. Acciones
Definidas las temáticas y ámbitos, se especifican a continuación los tres tipos de iniciativas concretas que podrán desarrollarse dentro del Programa de Bonos Elkarrekin:
- Formación en cualquiera de los campos.
- Dinamización directa de actividades.
- Asesoramiento a instituciones en programas concretos de actuación.
Temáticas | Ámbitos | Acciones |
Cultura de paz, derechos humanos, respeto y no violencia. | Educación formal e informal | Formación |
Resolución de conflictos, diálogo, convivencia y reconciliación. | Convivencia local | Dinamización |
Sensibilidad ante la injusticia, empatía y solidaridad con las víctimas. | Participación ciudadana | Asesoramiento |
4. Currículo educativo
El Decreto 175/2007, de 16 de octubre, por el que se establece el currículo de la Educación Básica y se implanta en la Comunidad Autónoma del País Vasco, al establecer las competencias educativas generales señala la competencia de aprender a vivir juntos caracterizándola como “aprender a mantener interacciones positivas y a utilizar el diálogo y la negociación en situaciones conflictivas, a participar de manera activa y democrática, a cooperar y trabajar en grupo y a respetar la diversidad, manteniendo actitudes solidarias”. Señala asimismo la competencia de Aprender a desarrollarse como persona “siendo uno mismo, controlando las emociones negativas y valorándose de forma positiva y realista a sí mismo, siendo autónomo y responsable de sus propias decisiones y actuando de acuerdo con los principios éticos”.
Además, entre las competencias básicas, introduce la competencia social y ciudadana, directamente relacionada con las competencias generales anteriormente citadas. Esta competencia supone comprender la realidad social en que se vive, afrontar la convivencia y los conflictos empleando el juicio ético basado en los valores y prácticas democráticas, y ejercer la ciudadanía, actuando con criterio propio y contribuyendo a la construcción de la paz y la democracia, así como manteniendo una actitud constructiva, solidaria y responsable ante el cumplimiento de los derechos y obligaciones cívicas.
Finalmente, el mencionado decreto recoge en su Art. 3.6 “la convivencia escolar implica la educación para la paz positiva de los derechos humanos, la justicia, la solidaridad y la inclusión. El Departamento de Educación, Universidades e Investigación promoverá el desarrollo de proyectos globales de centro dirigidos a la creación de una cultura de paz y unas prácticas fundamentales en el respeto, el diálogo, la regulación y control emocional, el tratamiento ético de los conflictos y los derechos y deberes de todas las personas de la comunidad educativa”.
5. La constitución del fondo para el programa en cada ámbito
El Programa de Bonos Elkarrekin se desarrolla y despliega en tres ámbitos: educación, convivencia local y participación ciudadana. Esta estructura implica la creación de tres fondos con distintas instituciones. El fondo tendrá un reflejo anual en los presupuestos del Gobierno Vasco.
5.1. En la educación formal e informal
El Programa de Bonos Elkarrekin en el ámbito de la educación formal e informal se constituirá mediante Acuerdo de colaboración entre la Secretaría General para la Paz y la Convivencia y el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.
5.2. Convivencia local
El Programa Elkarrekin en el ámbito de la convivencia local se constituirá mediante un Convenio de colaboración entre la Secretaría General para la Paz y la Convivencia y las Diputaciones Forales que deseen incorporarse al programa, así como con el apoyo de Eudel.
5.3. Participación ciudadana
El Programa de Bonos Elkarrekin en el ámbito de la participación ciudadana será inicialmente asumido por la Secretaría General para la Paz y la Convivencia.
6. La incorporación de la red asociativa al programa
Una vez el Programa de Bonos Elkarrekin esté formalmente constituido en sus distintos ámbitos, la Secretaría General para la Paz y la Convivencia realizará una convocatoria pública dirigida a aquellas entidades que quieran formar parte del mismo.
6.1. Destinatarios del programa
Solo podrán acogerse al Programa de Bonos Elkarrekin entidades sin ánimo de lucro relacionadas con las temáticas de paz y convivencia, inscritas en el registro de asociaciones o fundaciones del país vasco y cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma Vasca. Es decir, los agentes de la red asociativa vasca que vienen trabajando en las temáticas, ámbitos y acciones en que se estructura el programa.
Eventualmente, distintas entidades podrán asociarse entre sí para desarrollar acciones conjuntas dentro del programa. Del mismo modo, estas entidades podrán contratar con empresas especializadas servicios de apoyo a su actividad pero, en ningún caso, ser sustituidas por ellas en su titularidad.
6.2. Mecanismo de incorporación al programa
La incorporación de las entidades sociales al Programa de Bonos Elkarrekin se hará mediante la firma de un Protocolo de Incorporación que cada entidad suscribirá con la Secretaría General para la Paz y la Convivencia. Este protocolo definirá las condiciones de participación en el programa.
6.3. Condiciones de participación en el programa
El Protocolo de Incorporación incluirá los siguientes condiciones para hacer efectiva la participación de las entidades sociales en el Programa de Bonos Elkarrekin:
- Una manifestación de la voluntad de querer formar parte del Acuerdo Gizalegez e impulsarlo.
- Una definición de la parcela o parcelas de actuación en que intervendrá la entidad dentro de las temáticas, ámbitos y acciones que contempla el plan.
- Un proyecto de desarrollo libre y creativo del Acuerdo Gizalegez en la parcela o parcelas seleccionadas.
- Antes de la firma del Protocolo de Incorporación, la Secretaría General para la Paz y la Convivencia deberá avalar cada proyecto en base a los siguientes requisitos mínimos:
- El compromiso inequívoco del proyecto y de sus acciones con los derechos humanos, la noviolencia y los principios democráticos.
- La inclusión o mención del Acuerdo Gizalegez dentro del proyecto de trabajo de cada entidad.
- El cumplimiento de las condiciones habituales en las convocatorias públicas en cuanto a la cuestión lingüística, el tratamiento de género y las obligaciones fiscales y legales.
7. Procedimiento de activación del programa
La firma del protocolo sitúa a cada entidad que lo suscribe dentro del Programa de Bonos Elkarrekin. A partir de ese momento, el procedimiento para activar el programa se estructura del siguiente modo.
7.1. Definir la propuesta de trabajo para cada actuación
Cada entidad debe definir una propuesta de trabajo para cada actuación que se proponga realizar. Esto implica dar los siguientes pasos:
1. Tener acordada una propuesta de trabajo con un destinatario del servicio educativo. Según los distintos ámbitos, los destinatarios de estos servicios podrán ser los siguientes:
-En educación formal: centros educativos, asociaciones de padres y madres, u otras entidades relacionadas directamente con el universo educativo.
-En educación informal: el Consejo de la Juventud, y otras entidades o instituciones relacionadas con la educación no formal o la formación permanente.
-En convivencia local: los Ayuntamientos y otras instituciones o entidades relacionadas directamente con la realidad municipal.
-En participación ciudadana: la Secretaría General para la Paz y la Convivencia y, eventualmente, otras instituciones que estén promoviendo la participación ciudadana.
2. Rellenar la Ficha de Propuesta con los datos siguientes:
-Ámbito, temática, acción y objetivos de la propuesta de trabajo.
-Cliente con el que se ha acordado desarrollar la propuesta de trabajo, especificando persona de contacto, teléfono y dirección de correo electrónico.
-Descripción resumida de la actividad a realizar.
-Número de horas que se invertirán.
-Presupuesto que especifique la cantidad que abonará el destinatario por el servicio que se le presta.
-Calendario de actuación.
-Número de personas a las que se pretende involucrar en su desarrollo.
7.2. Poner en marcha el programa
1. Entregar la Ficha de Propuesta en la Secretaría General para la Paz y la Convivencia con, al menos, 15 días de antelación al desarrollo de la actividad. Si la entidad no recibe en siete días comunicación alguna por parte de la Secretaría, la propuesta se considera aceptada.
2. Desarrollar la actividad prevista. Los soportes de comunicación deberán llevar visible el logotipo del Gobierno Vasco y del Plan de Paz y Convivencia.
3. Registrar en la Secretaría General para la Paz y la Convivencia la Ficha de Balance de la actividad desarrollada con los datos siguientes:
-Breve memoria escrita de la actividad realizada.
-Memoria fotográfica de la actividad realizada.
-Número de horas invertidas y de personas participantes.
-Certificación del destinatario del servicio educativo confirmando el servicio recibido.
4. Una vez la memoria haya sido convalidada, la Secretaría General para la Paz y la Convivencia hará efectivo el pago de los bonos correspondientes.
5. Tras la finalización de la actuación, el destinatario del servicio educativo trasladará una evaluación de la experiencia a la Secretaría para la Paz y la Convivencia.
8. Límites a la participación en el Programa Elkarrekin
El Programa de Bonos Elkarrekin se desarrollará en el marco de condiciones expuesto hasta aquí. Además, en el ámbito educativo se tendrán en cuenta las siguientes limitaciones:
1. Una misma entidad no podrá acumular bonos por una cantidad superior al límite que se establecerá en la convocatoria.
2. En el ámbito educativo y en actividades para un mismo destinatario del servicio educativo, no se podrán acumular bonos por una cantidad superior al límite que se establecerá en la convocatoria.
3. La cantidad que los destinatarios del servicio educativo deberán agregar al bono que ofrece el Gobierno Vasco se establecerá en la convocatoria.
4. En actividades de formación, no se aceptarán propuestas de trabajo en que no participen un mínimo de 15 personas.
5. El Programa de Bonos Elkarrekin es un proyecto innovador de colaboración público-social. De cara a 2014, tiene carácter de experiencia piloto. A final de 2014, se realizará un evaluación de su desarrollo y, en función de la misma, se procederá a su ajuste y mejora para los siguientes ejercicios.